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Visado de Ucrania para españoles

¿QUÉ VISADO NECESITO?

IMPORTANTE: los ciudadanos de España no necesitan visado si el período de estancia en Ucrania no exceda 90 días durante el plazo de 180 días a partir de la fecha de la primera entrada y no ejerce ninguna actividad lucrativa.

OTROS TIPOS DE VISADO: D – visado de larga duración (la estancia o residencia en Ucrania durante el periodo superior a 90 días para realizar actividades culturales, científicas, educativas, etc.).


¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO PRESENTAR?

  1. Formulario de solicitud rellenado (descargar aquí).
  2. Pasaporte válido al menos tres meses después de la fecha de salida se Ucrania declarada en los documentos, con 2 páginas en blanco.
  3. El documento que confirma el motivo de viaje: invitación de la Universidad según la forma aprobada por el Orden de Ministerio de Educación de Ucrania Num.544 de 12.08.2003 (en el caso de la Universidad de Cádiz, desde el CUNEAC gestionamos la invitación directamente con las universidades de destino) o, en caso de viaje con fines de trabajar, una copia de permiso de trabajo para extranjero.
  4. Una foto de tamaño carné (60*40 mm).
  5. Póliza de seguro para atención médica de emergencia.
  6. Pago de las tasas del visado (el original del recibo bancario / justificante del pago con la indicación del nombre del solicitante).

Si es necesario, el funcionario consular puede entrevistar el extranjero y obtener los documentos adicionales que especifican el motivo de viaje:

  1. Documentos que acrediten la vivienda reservada o pago del hotel, y la comida en Ucrania.
  2. Carta del anfitrión sobre la asunción de obligaciones a pagar todos los costes relacionados con la estancia de un extranjero en Ucrania y la salida de su territorio.
  3. Otros documentos que confirman provisión financiera suficiente de un extranjero para el período de estancia prevista en Ucrania.
  4. Documentos que permiten establecer la intención del extranjero de salir del territorio de Ucrania antes de que caduque el visado.

¿DÓNDE Y CÓMO PUEDO GESTIONAR EL VISADO?

A partir del 26 de diciembre de 2016, se puede registrar su solicitud de visado en línea y fijar una cita en la oficina consular de Ucrania directamente a través del sitio web.

Para Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Asturias, Cantabria, Navarra, País Vasco, Aragón, La Rioja, y el Principado de Andorra:

Para Cataluña, Valencia y las Islas Baleares:

Para Andalucía, la Región de Murcia, las Islas Canarias y en Ceuta y Melilla:


¿CUÁNTO CUESTA EL VISADO?

Las tasas consulares se pagan vía bancaria a la cuenta de la Sección Consular de la Embajada de Ucrania en España en Banco BBVA, Número de cuenta 0182 2251 04 020 7777 767.

El pago puede efectuarse a la cuenta mencionada en cualquier sucursal del banco BBVA, o en otros bancos de España.

La Sección Consular admite los documentos al presentar el original del recibo bancario/ justificante del pago con la indicación en él del nombre del solicitante.

ATENCIÓN: El pago se realiza solamente después de la consultación de un funcionario consular al presentar todos los documentos

Tipo / Plazo Normal (10 días) Urgente (5 días)
Cualquier tipo de visa 60 120

INFORMACIÓN ADICIONAL

Respecto a la tramitación de visados pueden informarse en el Consulado de Ucrania en España por los números de teléfono: 91-748-93-83/80, 91-748-93-78.

IMPORTANTE: para entrar a Ucrania los ciudadanos de la Unión Europea deben presentar en la frontera sus pasaportes ordinarios (para viajar al extranjero) en vigor que acrediten la identidad y la nacionalidad de los viajeros. Los D.N.I. no dan permiso a entrar en el territorio de Ucrania.

 

Fecha actualización: 20/01/2022